Revisión anual obligatoria: La normativa vigente en materia de instalaciones de gas e
instalaciones térmicas de edificios, R.D. 919/2006 y R.D. 1027/2007 hace responsable del
mantenimiento de la instalación y de los aparatos al propietario o usuario, con independencia
de que exista sobre ellos una garantía legal o comercial del fabricante o vendedor. Además,
exige una revisión anual obligatoria. El incumplimiento de esta revisión puede hacer responsable
al propietario o usuario de los daños que se generen a terceros y además, puede ser objeto de
sanción administrativa.
Análisis de la combustión, con analizador homologado y calibrado.
Circuito hidráulico de radiadores. No incluido fugas ocultas.
Instalación individual de gas.
Mano de obra, gastos de desplazamiento y disponibilidad del Servicio, de todas las visitas
necesarias para la reparación de la caldera. No incluido piezas ni materiales.
Descuentos especiales en la renovación de caldera.
No se preocupe por nada, nosotros le llamamos para quedar con usted para hacer la revisión obligatoria por ley.
Trato preferente a clientes: Si Ud. suscribe un contrato de mantenimiento con nosotros tendrá prioridad en
caso de nuevas consultas o solicitudes de Servicio.